INFORMACIÓN SOBRE LOS CERTIFICADOS DE
EFICIENCIA ENERGÉTICA
En el día de ayer se ha publicado en el BOC la orden que regula el Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de los edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y que encomienda la competencia al Servicio de energía de la Dirección General de Innovación e Industria.
Os enviamos el enlace a toda la información, en el cual podréis encontrar también los modelos de solicitud, certificado y etiqueta a utilizar.
Como dato de interés, os informamos que el gobierno de Cantabria , por el momento no va a cobrar tasas por dicha inscripción
¿Quién
puede emitirlos?
Cualquier profesional, arquitecto, arquitecto técnico,
Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial habilitado
en la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de
obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones
térmicas podrá emitir estos certificados. No se hace referencia al
tipo de empresa, sino al profesional que firma el documento, así que cualquier
empresa que disponga en plantilla con personal con estas titulaciones podrá
efectuar este tipo de trabajos.
¿Cuándo entrará en vigor la normativa?
El 1 de junio de 2013, con carácter general.
¿Qué
edificios tienen la obligación de obtener un certificado de eficiencia
energética?
Hay 3 casos en los que se
debe obtener dicho certificado:
Edificios de
nueva construcción.
Edificios o
partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo
arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
Edificios o
partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil
total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público
Si un ciudadano quisiera certificar su
hogar, ¿qué tendría que hacer?
Debería
buscar los servicios de un técnico certificador energético de edificios, hay
que tener en cuenta que la calificación energética del edificio lo puede hacer
cualquier profesional definido como técnico competente, elegido libremente por
la propiedad del edificio.
Este técnico realizará los trabajos propios para obtener la
calificación energética, y ésta deberá registrarse en el órgano competente
de su Comunidad Autónoma.
Enlace
para la descarga de los programas informáticos reconocidos para la calificación
energética
Cursos
de formación para técnicos certificadores en toda España
Están dirigidos a técnicos
con la titulación académica y profesional habilitante para realizar la
certificación energética
PREGUNTAS
FRECUENTES SOBRE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
INFORMACIÓN
EN LA PAGINA DEL IDAE
Un saludo,