Estimado asociado
CEOE-CEPYME Cantabria y ASIECAN, en
colaboración con la Dirección General de Transportes y Comunicaciones del
Gobierno de Cantabria, organizan la siguiente jornada informativa con el
objetivo de trasladar información relevante sobre las siguientes convocatorias
de ayudas para infraestructuras de Telecomunicaciones que están actualmente en
vigor
Esta jornada tendrá lugar el próximo Miércoles 25 de enero, de 16h a
17:30h en el Salón de actos CEOE CEPYME Cantabria, C/ Tres de Noviembre
38, Santander
En el siguiente enlace podrás hacer la inscripción a esta
jornada así como consultar el programa de la misma
https://ceoecantabria.es/evento/jornada-asiecan
-
Orden
IND/21/2022, de 6 de abril,
por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones
destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la
conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la CCAA de
Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Centrándonos en la que puede ser de interés para
vuestras empresas:
Línea de actuación |
Descripción |
Zonas elegibles |
Intensidad de las ayudas |
Ejemplos: |
Línea 3 |
Instalar una red de
comunicaciones de alta velocidad en cada una de las fábricas, centros o
dependencias que formen parte del ámbito de actuación material (*) |
Zonas conocidas como zonas
blancas de telecomunicaciones (**) |
Intensidad máxima de la
ayuda del 80% del coste de conceptos subvencionables, con máximo de 70.000 €
de subvención por actuación. (NOTA: el IVA no es gasto
subvencionable) |
Red de comunicaciones de
alta velocidad en el interior de una fábrica. |
(*)
Los ámbitos de actuación material son los polígonos industriales, centros
logísticos, así como otras áreas de alta concentración empresarial, como
parques empresariales, viveros de empresas y parques científicos o tecnológicos
localizados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
(**)
Zonas blancas de telecomunicaciones: Zonas geográficas que carecen de cobertura
NGA o de previsiones de despliegue a tres años;
En resumen, se trata de subvenciones para:
o
polígonos/centros logísticos/agrupaciones de
empresas ubicadas en zonas blancas de telecomunicaciones de Cantabria
o
para la instalación de una red de comunicaciones
de alta velocidad en el interior de la fábrica/edificio
o
que deberá ser ejecutado por un instalador
autorizado y adherido a la orden
o
con una intensidad máxima de ayuda del 80% del
coste de los conceptos subvencionables, con un máximo de 70.000 € de subvención
por actuación
o
con un plazo máximo de ejecución el 31 de
diciembre de 2023
-
Orden
IND/27/2022, de 21 de abril,
por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones
destinadas a la ejecución de diversas acciones de mejora de las
infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de
Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Esta orden tiene igualmente varias líneas de
actuación, línea a, línea b y línea c. Todas ellas son interesantes para los
instaladores autorizados, que serán quieres lleven a cabo las actuaciones.
En este caso no hay limitación por zonas, sino que
cualquier edificio sujeto al régimen de propiedad horizontal concluido antes
del 1 de enero de 2000 que cumpla con los requisitos de las líneas de actuación
es susceptible de solicitar la ayuda, independientemente de la zona en la que
se encuentre ubicado.
Tipo de actuación |
Descripción |
Beneficiarios |
Intensidad de las ayudas |
Ejemplos: |
Línea a |
Infraestructura de
telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y
Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa). |
Comunidades de propietarios
de un edificio o conjunto de edificios sujetos al régimen de propiedad
horizontal, en edificios concluidos antes del 1 de enero de 2000. |
Máximo 70% de los costes
subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo
III, es decir: -
Máximo coste
unitario por vivienda de 680 € -
Máximo
subvencionable de 35 viviendas Fórmula del cálculo de
subvención máxima: 680€ de coste unitario por
vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda (En caso del máximo de 35
viviendas, 16.660€ de subvención máxima) (NOTA: el IVA no es gasto
subvencionable) |
Renovación de toda la
infraestructura de telecomunicaciones del edificio (radiodif + TV digital + banda ancha) |
Línea b |
Infraestructura de
telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y
Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para
Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de
captación-antenas ni de adaptación- equipamiento de cabecera) |
Máximo 70% de los costes
subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo
III, es decir: -
Máximo coste
unitario por vivienda de 600 € -
Máximo
subvencionable de 35 viviendas Fórmula del cálculo de
subvención máxima: 680€ de coste unitario por
vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda (En caso del máximo de 35
viviendas, 14.700€ de subvención máxima) (NOTA: el IVA no es gasto subvencionable) |
Renovación de toda la
infraestructura de telecomunicaciones del edificio, excepto para la parte de
radiodifusión sonora y TV digital, las antenas y equipamiento de cabecera. (radiodif sonora+TV digital
sin antenas y equipamiento de cabecera +banda ancha |
|
Línea c |
Infraestructura de
telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida. |
Máximo 70% de los costes
subvencionables que consten en las facturas con los límites del Anexo
III, es decir: -
Máximo coste
unitario por vivienda de 485 € -
Máximo
subvencionable de 35 viviendas Fórmula del cálculo de
subvención máxima: 680€ de coste unitario por
vivienda * nº viviendas (máximo 35 ) * 70% de intensidad de ayuda (En caso del máximo de 35
viviendas, 11.882,50€ de subvención máxima) (NOTA: el IVA no es gasto subvencionable) |
Únicamente la parte de
banda ancha. |
En resumen, se trata de subvenciones para:
o
comunidades de propietarios sujetos al régimen
de propiedad horizontal
o
destinadas a
§ a)
Renovación de la infraestructura de telecomunicación completa
§ b)
Renovación de la infraestructura de telecomunicación completa, excepto para la
cabeceras las antenas y el equipamiento de cabecera
§ c)
Renovación únicamente de la parte de banda ancha ultrarrápida
o
que deberá ser ejecutado por un instalador
autorizado y adherido a la orden
o
con una intensidad máxima de ayuda del 70% de
los costes subvencionables, con un coste máximo por vivienda de 680€, 600€ o
485€ en función del tipo de actuación, y con un máximo de 35 viviendas por
edificio.
o
con un plazo máximo de ejecución el 31 de
diciembre de 2023